Los doblajes de películas se realizarán en el país, y en radio y TV los avisos y avances se harán sólo en el idioma oficial.
Hoy fue publicado el decreto número 933 en el Boletín Oficial la ley sobre doblaje y utilización del idioma nacional en la radiodifusión.
El artículo 1° del decreto dispone que “la programación que sea emitida a través de los servicios de radiodifusión televisiva contemplados por la Ley Nº 26.522, incluyendo los avisos publicitarios y los avances de programas, debe estar expresada, en el idioma oficial o en los idiomas de los Pueblos Originarios, con algunas excepciones.»
El doblaje “debe realizarse enidioma castellano neutro, respetándose el uso corriente de dicho idioma en nuestro país, pero garantizando que el mismo resulte comprensible para todo el público de la América hispanohablante”.
«Se considera como idioma oficial al castellano neutro según su uso corriente en la República Argentina pero garantizando su comprensión para todo el público de la América hispanohablante. Asimismo se establece que su utilización no deberá desnaturalizar las obras, particularmente en lo que refiere a la composición de personajes que requieran de lenguaje típico”.